EL “PASO A PASO” LABORAL: UNA HOJA DE RUTA PARA VOLVER A LA NUEVA NORMALIDAD Y SUS RIESGOS

Agosto 23, 2020
UNA HOJA DE RUTA PARA VOLVER A LA NUEVA NORMALIDAD Y SUS RIESGOS

Con el objeto de avanzar en el desconfinamiento, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social lanzó, este lunes, una hoja de ruta, que denominó “Paso a Paso Laboral”. Este es un protocolo que establece las medidas preventivas que tanto los trabajadores como empleadores deberán adoptar, para aminorar los riesgos de contagio de COVID-19 al retornar a su trabajo presencial.

 

Agustín Alcalde S.

 

A continuación, breve y sumariamente, presentamos los puntos más de importantes de esta hoja de ruta, la cual consta de tres pilares fundamentales:

 

  1. Información a los diversos actores del mundo del trabajo a través de la “Hoja de Ruta: Paso a Paso Laboral”.

 

En esta hoja de ruta se consideran siete etapas, con recomendaciones de carácter general y particular, que todos los actores deben conocer, para propiciar siempre el cuidado y prevención de la vida, seguridad y salud de los trabajadores.

 

  • Primera etapa: Infórmate

En esta etapa se recomienda a los empleadores el revisar, constatemente los protocolos existente en materia de seguridad y salud en el trabajo, emanados de la autoridad sanitaria. Asimismo, se deberá solicitar la asistencia técnica de la mutualidad respectiva. Lo anterior, con el objeto de controlar la propagación de la enfermedad COVID-19.

 

  • Segunda etapa: Organiza y Acuerda

Una vez cumplida la primera etapa, los empleadores deberán integrar a los trabajadores, comités paritarios de higiene y seguridad, expertos en prevención y departamentos de prevención de riesgos, junto a la mutualidad respectiva, para todas las etapas del proceso y elaboración de protocolos internos.

 

Los empleadores deberán elaborar un programa de gestión preventiva o protocolo interno, incorporando información sobre el COVID-19, y en donde los trabajadores hayan concurrido a su elaboración, mediante un acuerdo. Estas medidas pueden ser incluidas en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, ser enviadas al correo institucional de cada trabajador o ser entregadas de forma impresa.

 

Es importante, en esta etapa, que los empleadores identifiquen a aquellos trabajadores que debiesen postergar su vuelta presencial al trabajo, como por ejemplo, aquellos que residen en comunas aún en cuarentena o grupos de riesgo.

 

Finalmente, se recomienda organizar el trabajo, estableciendo medidas para evitar y reducir la frecuencia y el tipo de contacto entre trabajadores, como por ejemplo, fomentar el teletrabajo o trabajo a distancia. En los casos en que ello no sea posible, se pueden establecer turnos de trabajo especiales.

 

  • Tercera etapa: Socializa y Capacita

El empleador deberá socializar y comunicar, de manera clara y permanente, las medidas preventivas a todos los trabajadores de la empresa. Asimismo, se deberá infomar a estos de los derechos y obligaciones, siendo capacitados de los riesgos de contagio, formas de transmisión, medidas preventivas, higiene personal, y correcto uso de los elementos de protección personal específicos para prevenir el contagio de Coronavirus.

 

  • Cuarta etapa: Adapta e Implementa

El empleador deberá tomar medidas de ingeniería en el espacio de trabajo como, por ejemplo, adaptando el espacio físico de trabajo con las medidas indicadas en los protocolos sanitarios o sectoriales. Asimismo, deberá acondicionar rutas de ingreso y salida, para evitar aglomeraciones, entre otras acciones.

 

En adición a lo precedentemente expuesto, se deberán tomar medidas administrativas, implementándose un sistema de limpieza periódica, al menos, una vez al día.

 

Finalmente, los empleadores deberán tomar medidas de protección personal, promoviendo y facilitando las condiciones y medios necesarios para el lavado de manos frecuente, o asegurando el uso de mascarillas en lugares obligatorios.

 

  • Quinta etapa: Prioriza la salud mental

En esta etapa, se recomienda establecer espacios de diálogo permanente y de comunicación efectiva con los trabajadores sobre las medidas implementadas y los cambios que ello significa al trabajo.

 

Asimismo, se debe evaluar las diversas cargas de trabajo. También se debe procurar la entrega de tiempo de descanso suficiente. Asimismo, se deberá respetar el derecho a desconexión de aquellos trabajadores que se encuentren trabajando a distancia o tele trabajando.

 

En resumen, se deben tomar medidas que colaboren al equilibrio de la actividad física y mental de los colaboradores.

 

  • Sexta etapa: Colabora en Trazabilidad

En esta etapa se contempla, entre varias recomendaciones, implementar la identificación temprana de casos sospechosos en los lugares de trabajo y llevar un registro de los terceros externos que ingresen a la empresa.

 

El objetivo es que los empleadores cooperen, con la autoridad, en la trazabilidad de los casos confirmados o sospechosos de COVID-19.

 

  • Evalúa y Actualiza

En la última etapa de esta hoja de ruta, los empleadores deberán revisar las disposiciones implementadas, a través de pautas objetivas, priorizando las condiciones de salud de sus trabajadores. Asimismo, se deberá actualizar el plan de emergencia y evacuación existente en el lugar de trabajo, considerando la nueva distribución de los puestos de trabajo, el aforo reducido y las eventuales nuevas vías de acceso, circulación y zonas de seguridad, para evitar aglomeraciones.

 

  1. Rol de la fiscalización en el contexto COVID-19, a través de la Dirección del Trabajo.

 

Se hace presente que la Dirección del Trabajo ejercerá sus facultades y obligaciones legales, con el objeto de fiscalizar las normas de higiene y seguridad, a través de sus fiscalizadores en terreno. En este sentido, lo que se revisará es lo siguiente:

 

  • Medidas de higiene en los lugares de trabajo y ambientes comunes.
  • Medidas de protección colectivas de señalización.
  • Evaluación de riesgos y procedimiento de trabajo seguro preventivo.
  • Procedimiento de trabajo seguro para casos confirmados COVID-19 o casos de contacto estrecho.

 

Lo anterior significa que es fundamental cumplir con las medidas señaladas, para evitar se objeto de multas a beneficio fiscal.

 

  • Rol de los Organismos Administradores de la Ley Nº 16.744.

 

Se debe potenciar y promover el rol de los Organismos Administradores del Seguro de la Ley Nº 16.744, para el análisis, evaluación y gestión del riesgo de los lugares de trabajo, con el objetivo de prevenir nuevos rebrotes de COVID-19.

 

De esta manera, la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), ha establecido los lineamientos de asistencia técnica y asesoría de estas mutualidades a las empresas adheridas, debiendo estos tomar un rol relevante.

 

Finalmente, estos Organismos serán responsables de la calificación de origen de la enfermedad COVID-19, y podrán realizar acciones de prevención, proveyendo elementos de protección personal, mientras dure la pandemia.

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