EL GAFI, LA UAF: LA SUPERVISIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y OTRAS ACTIVIDADES ILICITAS

Julio 16, 2021

En un mundo globalizado y con la alta movilidad de capitales es fundamental que, junto a los controles propiamente financieros y tributarios, existan aquellos que velen por la transparencia del origen de lo fondos, con el objeto de evitar el lavado de dinero, la financiación de actividades terroristas, proliferación de armas de destrucción masiva y la financiación de otras actividades ilícitas.

Javier Edwards Renard

Para estos efectos, a nivel internacional se creo el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI o FATF, por su sigla en inglés),  organismo intergubernamental creado en París, Francia, en 1989, por el Grupo de los Siete (G-7) para establecer estándares y promover la aplicación efectiva de medidas legales, regulatorias y operativas para combatir el lavado de activos (LA), el financiamiento del terrorismo (FT) y otras amenazas relacionadas con la integridad del sistema financiero internacional.

El GAFI emite una serie de recomendaciones, reconocidas como el estándar internacional de lucha contra el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva. Más información en www.fatf-gafi.org

Las primeras 40 Recomendaciones datan de 1990, un año después de la creación del GAFI, para proporcionar un plan de acción global contra el lavado de dinero. Estas Recomendaciones fueron revisadas en 1996, en 2001 (tras el ataque a las Torres Gemelas de Estados Unidos se sumaron 8 Recomendaciones Especiales sobre financiamiento del terrorismo) y en 2003 (se agregó una Novena Recomendación Especial contra el FT).

Finalmente, en febrero de 2012, y tras dos años de revisión, el GAFI aprobó y publicó las 40 Recomendaciones para combatir el LA/FT, que reemplazaron las 40 Recomendaciones emitidas en 1990, y las 9 Recomendaciones Especiales contra el FT difundidas en 2001.

Para verificar el grado de avance en la implementación y cumplimiento de las 40 Recomendaciones, los países se someten periódicamente a Evaluaciones Mutuas. En el caso de Chile, las evaluaciones mutuas se realizan en el seno de GAFILAT.

La entidad que en Chile cumple con las funciones de control financiero en estas materias es la Unidad de Análisis Financiero (UAF), servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que se relaciona con la Presidencia de la República, a través del Ministerio de Hacienda. La UAF se creó mediante la ley Nº 19.913, que se publicó en el Diario Oficial el 18 de diciembre de 2003.

El objetivo de la UAF es prevenir e impedir la utilización del sistema financiero, y de otros sectores de la actividad económica chilena, para la comisión de los delitos de lavado de activos (LA) y financiamiento del terrorismo (FT).

Para ello realiza inteligencia financiera, emite normativa, fiscaliza su cumplimiento, impone sanciones administrativas, capacita y difunde información de carácter público.

Lo anterior, siguiendo las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), los resultados de las evaluaciones a Chile del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), y las directrices del Grupo Egmont de Unidades de Inteligencia Financiera.

Como representante de Chile ante GAFILAT, la UAF coordina el Sistema Nacional Antilavado de Activos y contra el Financiamiento del Terrorismo, cuyos pilares fundamentales son la prevención, detección, persecución y sanción de ambos delitos.

El desarrollo de estos pilares se encuentra contenido en el Plan de Acción de la Estrategia Nacional para la Prevención y Combate al Lavado de Activos y al Financiamiento del Terrorismo, documento elaborado por 20 organismos públicos, bajo la coordinación de la UAF.

Además, y con el fin de fomentar la transparencia y la probidad, la Unidad de Análisis Financiero integra la Alianza Anticorrupción de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC), grupo de trabajo, creado en mayo 2012, que reúne a representantes de instituciones públicas, privadas, de la Academia, organizaciones de la sociedad civil y organismos multilaterales.

En lo que respecta a la GAFI,  ésta cuenta hoy con 37 miembros (35 países más la Comisión Europea y el Consejo de Cooperación para los Estados Árabes del Golfo Pérsico), 2 observadores (Israel y Arabia Saudita) y 9 grupos regionales como organismos asociados. Estos son: Asia/Pacific Group on Money Laundering (APG), Caribbean Financial Action Task Force (CFATF) , Council of Europe Committee of Experts on the Evaluation of Anti-Money Laundering Measures and the Financing of Terrorism (MONEYVAL), Eurasian Group (EAG), Eastern and Southern Africa Anti-Money Laundering Group (ESAAMLG), Financial Action Task Force of Latin America (GAFILAT), Inter Governmental Action Group against Money Laundering in West Africa (GIABA), Middle East and North Africa Financial Action Task Force (MENAFATF) y Task Force on Money Laundering in Central Africa (GABAC).

El GAFI lleva una lista de países que no cumple o que presenta deficiencias en las medidas de control de las actividades ilícitas supervisadas, la cual es actualizada periódicamente. El objetivo de esta labor es que apliquen medidas para proteger el sistema financiero internacional

En la más reciente actualización de la lista, se ha incluido a Haití, Malta, Filipinas y Sudán del Sur, países que deben implantar mejoras en sus sistemas de prevención, y se ha excluido a Ghana. Estos países deberán implantar mejoras en sus sistemas de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

A la fecha, el listado actualizado de países de alto riesgo que presentan deficiencias estratégicas en materia PBCyFT, según el GAFI, es el siguiente:

Albania, Barbados, Birmania, Botsuana, Burkina Faso, Camboya, Corea del Norte (call for action), Filipinas, Haití, Irán (call for action), Islas Caimán, Jamaica, Malta, Marruecos, Mauricio, Nicaragua, Pakistán, Panamá, Senegal, Sudán del Sur, Siria, Uganda, Yemen, Zimbabue.

Que un país sea incorporado en la lista de la GAFI implica una serie de efectos adversos, tanto para las operaciones del Estado como las de sus agentes privados, mayores niveles de supervisión respecto. Un país listado por el GAFI tiene una mala calificación en la evaluación de su sistema preventivo antilavado de dinero, financiamiento del terrorismo, financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, lo que implicará medidas que van desde seguimientos o monitoreo por parte de los grupos regionales hasta medidas más drásticas, como la inclusión a las listas de jurisdicciones de alto riesgo, divididas por colores (blanco, gris y negro).

De esta manera, aquellos países que no pasan la evaluación del GAFI o lo hacen deficientemente, son considerados jurisdicciones riesgosas y asociadas a la falta de transparencia y, automáticamente, se eleva la calificación de riesgo.

 

Uno de los principales afectados por un eventual ingreso a la lista GAFI es el sistema financiero. Inmediatamente, el país sería calificado como de mayor riesgo y por un criterio establecido en los estándares internacionales, denominado “enfoque de riesgo”, las entidades (públicas y privadas) que quieran trabajar con dicho país deberán incrementar sus niveles de control y afrontar mayores costos para el efecto, los cuales serían trasladados al mercado y al consumidor.

Igualmente, es muy probable que los corresponsales bancarios limiten las operaciones y/o servicios, derivando en cierre de cuentas a operadores de remesas, limitaciones al cambio de divisas, restricciones en relaciones comerciales, entre otros.

Asimismo, los efectos adversos impactarán los negocios de los sectores importador, exportador y de empresas transnacionales. Por último, un mal resultado en la evaluación mutua reduce la calificación de riesgo soberano y obstaculiza los objetivos de alcanzar el grado de inversión y admisión o permanencia en la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos)”, detalla.

Chile no está listado por la GAFI y la UAF se encarga de velar porque ello no ocurra. Tener conocimiento de estas recomendaciones y su debida implementación es relevante tanto a nivel país, como a nivel de con quienes operan los agentes privados. Por ello la importancia, para las empresas que desarrollan actividades comerciales con transferencias de internacionales de capitales, cumplir con las normas locales (en este caso supervisadas por la UAF), tener conocimiento de las recomendaciones de la GAFI y tener claro del potencial impacto que implica realizar operaciones con entidades localizadas en países listados.

 

 

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