UN PASO MÁS HACIA UN CHILE MÁS VERDE

Abril 6, 2021

El día 22 de marzo de 2021, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó y abrió a consulta pública el proyecto normativo que incorpora temáticas de sostenibilidad y gobierno corporativo en la Memoria Anual de las entidades emisoras de valores de oferta pública inscritas en el Registro de Valores.

Carlos Fiedler Aguirre

Con esto, la legislación nacional avanza un paso más hacia una economía sustentable, de forma tal que los inversionistas puedan evaluar y seleccionar aquellas alternativas de inversión que resguarden de mejor manera el medio ambiente, el compromiso social y las políticas de gobierno corporativo.

 

En particular, el objeto del proyecto normativo de la CMF es modernizar y perfeccionar la información que en materia medioambiental, social y de gobernanza (en adelante “ESG”, por sus significado en inglés: “Enviromental, Social and Governance”), los emisores de valores de oferta pública inscritos en el Registro de Valores, que al efecto lleva dicha entidad, deben incorporar en su Memoria Anual, según lo que establece la Norma de Carácter General (“NCG”) N° 30 de la CMF.

 

Al respecto, hay que tener en consideración que el artículo 5º de la Ley de Mercado de Valores (“LMV”) establece que deberán inscribirse en el Registro de Valores: a) los emisores de valores de oferta pública; b) los valores que sean objeto de oferta pública; c) Las acciones de las sociedades anónimas que tengan 500 o más accionistas o, a lo menos, el 10% de su capital suscrito pertenezca a un mínimo de 100 accionistas, excluidos los que individualmente o a través de otras personas naturales o jurídicas, excedan dicho porcentaje, y d) Las acciones emitidas por sociedades anónimas que voluntariamente así lo soliciten o que por obligación legal deban registrarlas.

 

Por su parte, el artículo 74 de la Ley sobre Sociedades Anónimas (“LSA”) señala que “El directorio deberá presentar a la consideración de la junta ordinaria de accionistas una memoria razonada acerca de la situación de la sociedad en el último ejercicio, acompañada del balance general, del estado de ganancias y pérdidas y del informe que al respecto presenten los auditores externos o inspectores de cuentas, en su caso.”.

 

En efecto, a través de la norma de la CMF abierta a consulta pública, se pretende incorporar la obligación de los emisores de valores de divulgar información respecto de las políticas, prácticas y metas que, en materia ESG han adoptado, con el objetivo de que los inversionistas puedan evaluar y seleccionar aquellas alternativas de inversión en que estarían mejor resguardados sus intereses.

 

Cabe recordar que este no es el primer cambio que sufre el contenido de la Memoria Anual desde la publicación de la NCG Nº 30 en el año 1989. En efecto, el año 2015 por medio de la NCG Nº 386 se incorporó como un deber de información en las Memorias Anuales de las entidades inscritas en el Registro de Valores, el “Reporte de Responsabilidad Social y Desarrollo Sostenible”, que estableció la obligación de difundir información sobre diversidad y brecha salarial por género. Específicamente la NCG Nº 386 impuso la obligación de informar respecto de las siguientes materias:

 

  • Diversidad en el Directorio: Número de Personas por género, nacionalidad, rango de edad y antigüedad en la organización
  • Diversidad de la gerencia general y demás gerencias que reportan a esta gerencia o al Directorio: Número de Personas por género, nacionalidad, rango de edad y antigüedad en la organización.
  • Diversidad en la organización: Número de Personas por género, nacionalidad, rango de edad y antigüedad en la organización.
  • Brecha salarial por género.

 

Si bien la modificación del año 2015 fue un avance considerable en la materia, claramente se ha tornado insuficiente. Esto, ya que no se ajusta a los actuales elementos que se consideran en los informes sobre estándares de sostenibilidad de carácter internacional y que han sido incorporados en la legislación de los distintos países del mundo, como por ejemplo, aquellas materias contenidas en los índices Task Force on Climate-related Financial Disclosure (“TCFD”) del Financial Stability Board; el Sustainability Accounting Standards Board o las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, que incluyen un espectro de análisis de factores mucho más amplio que los elementos mencionados precedentemente

 

Así, por medio de su propuesta de normativa, la CMF pretende la reestructuración del contenido actual de la Memoria Anual, incorporando temáticas ESG de estándares internacionales, para que de esta forma, las entidades inscritas en el Registro de Valores den a conocer la forma en que la entidad estructura su gobierno corporativo, como también, la estrategia que le permite alcanzar sus objetivos; y la forma en que esta determina, identifica y gestiona los riesgos que le son materialmente relevantes.

 

Sin perjuicio de que diversas materias ya se consideran en la Memoria Anual de acuerdo con la normativa vigente, la CMF pretende que los emisores reorganicen la disposición de su Memoria Anual, por medio de la nueva regulación actualmente en proceso de consulta, considerando los siguientes conceptos:

 

  1. Perfil de la entidad: información histórica, misión, visión, valores, principales riesgos, situación de control, accionistas mayoritarios, características de las acciones.
  2. Gobierno Corporativo: estructura de gobernanza, particularmente del directorio, comité de directores y ejecutivos principales, así como prácticas de gobierno corporativo.
  3. Estrategia: objetivos estratégicos y planes de inversión.
  4. Personas: aspectos de diversidad, condiciones laborales, beneficios y salarios del personal de la entidad.
  5. Modelo de negocios: sector industrial, negocios, propiedades e instalaciones e información sobre subsidiarias e inversiones en otras sociedades.
  6. Gestión de proveedores: información sobre las políticas y plazos de pago a proveedores y sobre la evaluación que la entidad realice de los mismos.
  7. Indicadores: indicadores de consumo de energía y agua, y cumplimiento legal y normativo que resultarán transversales para todos los emisores de valores. Además, se contempla un requerimiento de información sobre indicadores ESG materiales de acuerdo con el tipo de industria que le corresponda a la entidad, para lo cual se estará al estándar SASB o TCFD.
  8. Resumen de los hechos relevantes o esenciales acaecidos durante el periodo.
  9. Resumen de los comentarios formulados por los accionistas y el comité de directores.
  10. Informes financieros.
  11. Declaración de responsabilidad respecto de la veracidad de la información.

 

El proceso consultivo durará hasta el día 16 de abril de 2021, período en el cual la CMF espera conocer del público en general sus opiniones respecto del proyecto normativo.

 

Cabe destacar que este tipo de propuestas va en línea con el compromiso de la CMF al suscribir el “Acuerdo Verde”, que se comprometió, entre otras materias, a establecer las condiciones mínimas necesarias para que el desarrollo de un mercado financiero verde local sea posible, en línea con los más altos estándares internacionales. Por tanto, es lógico pensar que, una vez terminado el período de consulta pública, la normativa definitiva sea publicada en el corto a mediano plazo.

 

Por último, en relación a las posibles sanciones que pueda acarrear el incumplimiento de los deberes de información descritos precedentemente, los artículos 14 y 15 de la LMV señalan que la CMF podrá suspender e incluso cancelar la inscripción vigente en el Registro de Valores, como medida de protección al interés del público y de los inversionistas.

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