De acuerdo con la evolución de criterios en la jurisprudencia de nuestro país, se ha llegado a la conclusión de que las Empresas Principales (mandante, dueña de la obra o faena) responden laboralmente de los incumplimientos para con los trabajadores de sus contratistas que han caído en insolvencia judicialmente declarada, sin limitación alguna. Nicolás Kahn...